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​La JEP acusa al coronel Plubio Hernán Mejía y a otros 14 militares por casos de ‘falsos positivos’ en la Costa

Coronel Publio Hernán Mejía Gutiérrez

Coronel Publio Hernán Mejía Gutiérrez, acusado por la JEP de su participación en casos de ‘falsos positivos’ en la Costa.

La JEP acusa al coronel Plubio Hernán Mejía y a otros 14 militares por casos de ‘falsos positivos’ en la Costa

Por la muerte de 127 personas en el Cesar y La Guajira fueron imputados dos coroneles, seis oficiales, cuatro suboficiales y tres soldados del batallón La Popa. Asegura el tribunal que pueblos indígenas Wiwa y Kankuamo sufrieron graves daños por estas acciones.

JUSTICIA

Jueves, 15 de julio del 2021​

La Sala de Reconocimiento de la JEP les imputó crímenes de guerra y de lesa humanidad a 15 miembros del Ejército que hicieron parte del Batallón de Artillería Dos, La Popa (BAPOP), según hechos que habrían ocurrido entre el 9 de enero de 2002 y el 9 de julio de 2005.

Esta acción ocurre dentro de la investigación que particulariza a la Costa Caribe, una de las seis zonas priorizadas del llamado caso 03, las que se han denominado como: ‘Asesinatos y desapariciones forzadas presentados como bajas en combate por agentes del Estado’.

​Los 15 miembros del Ejército (dos tenientes coroneles, tres mayores, un teniente, dos subtenientes, dos sargentos primero, un sargento viceprimero, un cabo tercero y tres soldados profesionales), según la JEP, fueron declarados como máximos responsables por su participación determinante en el asesinato de 127 personas en el norte de Cesar y el sur de La Guajira.

La JEP determinó que cada uno de los imputados tuvo un rol importante en la ejecución de los hechos y participó en conductas especialmente graves y representativas, que “sin las cuales no se hubiera desarrollado y perpetuado el plan criminal”.

 Por eso la Sala de Reconocimiento les imputó los delitos de homicidio en persona protegida y desaparición forzada contemplados en el Código Penal colombiano, así como los crímenes de lesa humanidad de asesinato y desaparición forzada de personas, y el crimen de guerra de homicidio.

La Sala determinó que existió un ataque generalizado y sistemático contra la población civil en relación con estos hechos.

Los imputados, en calidad de autores mediatos, son los tenientes coroneles Publio Hernán Mejía Gutiérrez, comandante del Batallón de Artillería Dos, La Popa (BAPOP) entre 2002 y 2003; y Juan Carlos Figueroa Suárez, quien lo sucedió entre 2004 y 2005.

Del total de crímenes, 75 ocurrieron bajo el mando de Mejía Gutiérrez y 52 bajo el mando de Figueroa Suárez. En un gran número de los hechos, informó la JEP, ocurrió desaparición forzada.

Según el alto tribunal: “Los pueblos indígenas Wiwa y Kankuamo, especialmente, fueron víctimas de un daño grave, diferenciado y desproporcionado por parte de algunos integrantes de esta unidad militar”.

En este mismo proceso se les imputó cargos como coautores el mayor José Pastor Ruiz Mahecha, oficial de inteligencia y de operaciones; el mayor Guillermo Gutiérrez Riveros, comandante de batería y oficial de operaciones; el mayor Heber Hernán Gómez Naranjo, responsable de la sección de operaciones y jefe de estado mayor; el sargento primero Efraín Andrade Perea, responsable de la sección segunda; el sargento primer Manuel Valentín Padilla Espitia, agente de inteligencia externa de la sección de inteligencia; y el teniente Carlos Andrés Lora Cabrales, comandante de batería y comandante del grupo especial Trueno.

Por los mismos hechos también fueron acusados el subteniente Eduart Gustavo Álvarez Mejía, comandante de pelotón; el sargento viceprimero José de Jesús Rueda Quintero, comandante de pelotón; el subteniente Elkin Leonardo Burgos Suárez, comandante de pelotón; el cabo tercero Elkin Rojas, comandante de escuadra; el soldado profesional Juan Carlos Soto Sepúlveda, quien hizo parte del pelotón Albardón 3 y los soldados profesionales Yeris Andrés Gómez Coronel y Alex José Mercado Sierra, que conformaron pelotones del BAPOP, en particular, el grupo especial Zarpazo.

La JEP determinó que los 15 imputados hicieron parte de una organización criminal que se conformó dentro de la unidad militar y a través de la cual se desplegó una conducta extendida, y a gran escala, para presentar resultados operacionales ficticios en los que presentaron como “bajas en combate» a personas asesinadas en estado de indefensión por miembros del Ejército o por paramilitares.

Además, explica la JEP, estas personas actuaron, además, con pleno conocimiento de su ilegalidad pues encubrieron sus actos para hacerlos ver como legales, separándose de las normas constitucionales y reglamentarias de las operaciones militares con el fin de mejorar la percepción de seguridad y mostrar avances en la guerra contra la insurgencia.

Redacción Justicia

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