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La Corte Suprema de Justicia no ocultó su molestia ante la decisión de impugnación de la condena a Andrés Felipe Arias

Andres Felipe Arias.

La Corte Constitucional aceptó la tutela que interpuso el exministro Andrés Felipe Arias Leyva que le da luz verde a poder impugnar la condena a 17 años de prisión que pesa en su contra.

La Corte Suprema de Justicia no ocultó su molestia ante la decisión de impugnación de la condena a Andrés Felipe Arias

 

 

El alto tribunal dio a conocer su posición con respecto a la determinación de la Corte Constitucional de aceptar la tutela que interpuso el político conservador. Esto se está analizando como un choque de trenes. Aquí está la posición de la Corte Suprema de Justicia.

 

 

UNIDAD DE JUSTICIA

Viernes, 22 de mayo del 2020.

 

Se mostró que existe molestia por la respuesta que dio la Corte Suprema de Justicia ante la decisión de la Corte Constitucional de aceptar la tutela del exministro Andrés Felipe Arias Leiva, que busca impugnar la condena a 17 años de cárcel que se impartió en su contra por el escándalo del mal uso de los recursos del programa Agro ingreso Seguro.

La incomodidad quedó referida en una frase, que da a entender su desacuerdo ante la reciente decisión:

“Ahora que la Corte Constitucional cambia intempestivamente esas reglas de juego para favorecer exclusivamente al exministro de Agricultura, la Corte Suprema de Justicia acata, pero no comparte, la decisión mayoritaria que ordena tramitar la impugnación de la condena de 17 años de prisión contra Arias Leiva».

La respuesta se hizo más punzante cuando se complementó con la frase de que supuestamente hubo un cambio que según terminará favoreciendo a Arias Leyva.

La justificación de la Corte Suprema para su dura respuesta es que la decisión de condenar a Arias Leiva se dictó “con riguroso respeto del derecho fundamental al debido proceso consagrado en el procedimiento dispuesto por la Constitución Política para funcionarios con fuero especial de juzgamiento”.

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“La condena contra el ciudadano Andrés Felipe Arias Leiva fue dictada por la Corte Suprema de Justicia en 2014, con riguroso respeto del derecho fundamental al debido proceso consagrado en el procedimiento dispuesto por la Constitución Política para funcionarios con fuero especial de juzgamiento”, manifestó la Corte.

Además, que en ese momento se le hizo responsable a Arias de los delitos de contrato sin el cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación.

En el mismo comunicado hace ver que la decisión de la Constitucional se ha dado para favorecer al exministro de Agricultura, que esta “deja un peligroso precedente de incertidumbre en la jurisdicción ordinaria”. Esto porque se cree que esto terminará favoreciendo a otros condenados desde 1991.

Sin embargo, la alta corte hizo claridad, que la decisión solo cobija a Arias Leyva y no a los 230 aforados que la Sala de Casación Penal condenó también en única instancia, es decir, que no es extensivo a los demás casos.

En el escrito la Corte Suprema concluye: “Con la incondicional defensa de la institucionalidad del país que la caracteriza, la Corte Suprema de Justicia cumplirá la orden de tutela. En la Corte Constitucional queda la responsabilidad del impacto de las insospechadas consecuencias para el Estado de derecho de esta decisión particular”.

 

Redacción Justicia

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