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Eva Katherine Carrascal Cantillo también fue judicializada penalmente por la Fiscalía, por los mismos delitos, por recibir dineros y bienes a cambio de trámites en la SuperSalud.

Operación quirófano:

 

Fuerte sanción, con 20 años de inhabilidad, a Eva Carrascal, exfuncionaria de Supersalud por recibir sobornos

 

Durante ese tiempo no podrá desempeñar cargos públicos. Es la dura sanción que la Procuraduría le impuso a la exsuperintendente Delegada para la Supervisión Institucional de Supersalud, por recibir apartamento y plata a cambio de trámites en la entidad.

 

JUSTICIA

Miércoles, 2 de diciembre del 2020

La Procuraduría General de la Nación sancionó con destitución e inhabilidad por 20 años a la exsuperintendente Delegada para la Supervisión Institucional de Superintendencia Nacional de Salud, Eva Katherine Carrascal Cantillo, por incurrir en actos de corrupción representados en la adquisición de un apartamento a cambio de agilizar trámites para la entidad.

 Por este mismo caso la Fiscalía ya viene adelantando una investigación por haber utilizado su cargo para favorecer a entidades promotoras de salud (EPS) y cajas de compensación, a cambio de coimas, recibidas mensualmente a través de cheques y en efectivo, e incluso habría obtenido una participación accionaria en una EPS.

En fallo de primera instancia del ente de control confirmó lo dicho por la Fiscalía, que  Carrascal Cantillo, quien se desempeñó en el cargo entre el 7 de abril de 2015 y el 23 de enero de 2018, incurrió en falta disciplinaria al recibir dinero, utilidad y promesa remuneratoria por parte de empresas e instituciones prestadoras de salud.

 

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De la misma manera también fue sobornada por  terceros a cambio de que se agilizaran trámites para los pagos de cuentas médicas de las IPS que prestaban sus servicios a EPS, comportamiento con el que realizó la conducta tipificada en el Código Penal como cohecho impropio.

Se encontró que algunas IPS tomaron la decisión de pagarle a la exsuperintendente delegada por sus servicios, y para ese propósito, se unieron Aser Salud, Clinical Corporation y G3 y adquirieron un apartamento en el condominio Bosque Residencial La Reserva en Bogotá, por valor de $1.440 millones.

La PGN también determinó que existió un incremento injustificado del patrimonio de la exfuncionaria en 145’391.060 de pesos, dinero que no guarda relación con los ingresos percibidos por concepto de salarios como servidora pública y que a lo largo del proceso disciplinario no pudo explicar satisfactoriamente de dónde provinieron consignaciones en sus cuentas personales.

Así mismo, se pudo establecer que la investigada no fue transparente con su gestión pública, vulnerando la moralidad administrativa, utilizando el cargo para el cual fue designada con el fin de lograr un lucro personal ilegal.

“Los actos de corrupción en que incurrió la investigada destrozaron la sujeción que tenía con la ley como fundamento, límite y legitimidad de su actuación, y socavó los cimientos que orientan la función pública y el interés general que debe perseguirse por todo servidor público en desarrollo de la misma”.

El órgano de control calificó definitivamente las faltas de la disciplinada como gravísimas a título de dolo, dado que condujo su proceder a la obtención de dineros y prebendas de manera voluntaria y consciente, queriendo el resultado obtenido.

El ente de control ordenó remitir copias de la actuación disciplinaria a la Superintendencia Nacional de Salud para que fortalezca sus procesos y procedimientos, las matrices de riesgos para prevenir la corrupción y de atención al ciudadano que permita la transparencia, eficiencia e imparcialidad en los trámites de la entidad.

Así mismo, para que analice la posibilidad de revocar los actos administrativos que fueron adquiridos por medios ilegales por los actores del sistema de salud que fueron promotores de la corrupción al interior de la Supersalud y se le impongan las sanciones correspondientes.

El ente de control también enviará copias a las delegadas para el Ministerio Público en Asuntos Penales y para la Conciliación Administrativa con el fin de que interpongan acciones jurídicas en contra de los particulares y servidores públicos que incurrieron en los hechos objeto de juzgamiento, a fin de preservar la legalidad, la moralidad administrativa y la disolución de cualquier beneficio indebido que se hubiera consolidado derivado de estos hechos.

La Procuraduría aclaró que contra esta decisión procede recurso de apelación, dentro del tiempo que establece la ley para que la sancionada presente sus alegatos.

 

Redacción Justicia

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