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Las controvertidas decisiones de la Corte Constitucional que afectan los derechos adquiridos de los policías

Policías en al Corte.

No deja de sorprender el más reciente fallo de la Corte Constitucional, pero no hay de qué preocuparse porque este no modifica la asignación de retiro de 15 y 20 años.

Las controvertidas decisiones de la Corte Constitucional que afectan los derechos adquiridos de los policías

 

Acaba de darse otro fallo controvertido en contra del bienestar de la familia policial colombiana,  en su base en el Nivel Ejecutivo. Pero, este no afecta la anterior decisión del Consejo de Estado en favor de los 15 y 20 años para acceder a la asignación de retiro.

 

OPINIÓN

Sábado, 17 de abril del 2021

 

 Jorge Iván Mina Lasso.

Por Jorge Iván Mina Lasso

Abogado y Consultor, seguridad jurídica.

Este grupo de abogados conoció el comunicado oficial de la Corte Constitucional, que da cuenta que mediante la sentencia C-028/21, cuyo proponente es el magistrado Alberto Rojas Ríos, que “declaró la inconstitucionalidad del proyecto de ley que establecía el tiempo de vinculación de los miembros del Nivel Ejecutivo de la Policía Nacional, para acceder a la asignación de retiro”.

Es importante advertir que  esta nueva  sentencia no afecta la decisión del Consejo de Estado en favor de los 15 y 20 del nivel ejecutivo.

No se puede desconocer que en dicho proyecto de ley 179 Cámara 2012, posteriormente Senado desde el 2017 consolida una lucha de años en las que se lograba  que las pensiones de la Policía Nacional y de la Fuerza Pública tuviesen una base legal y que no estuvieran a merced de gobernantes de turnos.

Con dichos proyectos de ley se logró cerrar la vía para que creará por ley el Régimen de transición de Asignación de Retiro con 15 y 20 años de Servicio, sin embargo la Corte constitucional accede a las objeciones del Cuestionado Gobierno del Presidente Juan Manuel Santos  y de Óscar Naranjo Trujillo.

Es una fortuna para 69.000 uniformados del Nivel Ejecutivo de la Policía Nacional, que hoy gozan de una estabilidad legal por vía de sentencia judicial en la que por decisión de 9 abogados, entre las que me encuentro como demandante, Jorge Iban Mina Lasso, junto con otros 150 miembros de la Institución coadyuvaron a la demanda.

Ahora  pues, falsos protagonistas se vienen arrogando la autoría de los 15 y 20 para acceder a la asignación de retiro. Sencillamente es que «a nadie se le quita lo bailado”, y hay que reconocer a quienes hicieron este esfuerzo ante los estrados judiciales, que hoy ha dejado 31.000 nuevos pensionados o con asignación de retiro de los 115.000 afiliados de la Caja de Sueldos de Retiro Casur.

Este trabajo jurídico permitió que a 47.000 policías más puedan pensionarse con 15 y 20  años de servicio hasta el 31 de diciembre del año 2.024, que es cuando se terminará esta prerrogativa.

Es por esto que envío este mensaje alentador, que no hay de que preocuparse por la decisión de la Corte Constitucional, una disposición que respetamos más no compartimos.

Esta misma suerte podría correr 10.300 uniformados sector Defensa. Igual, 9.800 uniformados del Nivel Ejecutivo y 484 oficiales de la Policía, quienes lideran estucos y acciones ante las jurisdicción de lo contencioso administrativo para que sea unificada y extendida la Jurisprudencia a este grupo poblacional homogéneo.

A todo este personal del sector Defensa le enviamos un mensaje de esperanza, pues seguimos en la búsqueda de su asignación de retiro de quienes en el 2004 se encontraban en las escuelas de formación y se graduaron después del 1 de enero del año 2005.

Ante este sorprendente pronunciamiento de la Corte Constitucional acudiremos ante el Consejo de Estado en donde esperamos se sostenga en su línea jurisprudencial, en la que hemos conocido que el Gobierno Nacional no puede reglamentar las pensiones especiales por decreto, y que las facultades otorgadas por la ley 923 de 2004, no eran homónimas sino que  son facultades limitadas, y en ningún caso para legislar o dar reglamentación contrariando el régimen constitucional y legal.

Lo cierto es que podría ser una realidad si el Consejo de Estado nos da nuevamente la razón, como en el 2018 al acceder a las pretensiones de crear el Régimen de transición pensional de la  Policía nacional, que coloquialmente se conoce como  15 y 20.

Sentencia Corte Constitucional.

Esta es la Sentencia C-028/21, que trata de las objeciones gubernamentales al proyecto de ley que reduce el tiempo de servicio mínimo de vinculación al Nivel ejecutivo, para tener derecho a la asignación de retiro de la Policía.

Jorge Iván Mina Lasso

Columnista invitado de EL HOME NOTICIAS

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Corrupción en la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional: ¡El negociado de CASUR! Columna de opinión del abogado Jorge Iván Mina Lasso

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4 Comments

  1. FECOLSURE dice:

    La Federación de suboficiales de las fuerzas militares, reconoce el sentido de solidaridad y compromiso a social con la comunidad policial. Que el Dios de los ejército siga bendiciendo su gestión. y manifestamos nuestro respaldo, cuente con FECOLSURE.

  2. EDY LEYVA dice:

    Buenas tardes mis respetados, quisiera saber si esta en discusión la opcion de volver al régimen de 20 y 15 de los que hicimos escuela en 2005 y nos graduamosbese mismo año.

  3. Victor Alfonso Ramirez dice:

    Dadas las circunstancias y decisiones dadas, los que entramos en el 2005 y salimos en el 2006 seguimos 20-25 sin ningún cambio ni beneficio para nosotros??

  4. […] Las controvertidas decisiones de la Corte Constitucional que afectan los derechos adquiridos de los … […]

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