Carrusel de los contratos en la Policía.
Ordenan reintegro del oficial que denunció el ‘carrusel de los contratos’ en la Policía
9 septiembre, 2018
Laboratorio de criminalística del CTI de la Fiscalía, inicia la investigación en la escena del crimen.
‘Pagó 300.000 pesos a un sicario para matar a su tío’
12 septiembre, 2018

63.000 policías del nivel ejecutivo se podrán pensionar con 20 años de servicio

Los miembros del Nivel Ejecutivos, patrulleros e intendentes, podrán solicitar asignación de retiro con 20 años de servicio.

Los miembros del Nivel Ejecutivos, patrulleros e intendentes, podrán solicitar asignación de retiro con 20 años de servicio.

63.000 policías del nivel ejecutivo se podrán pensionar con 20 años de servicio

 

Un fallo del Consejo de Estado le permite al policía recuperar su antiguo derecho de no esperar hasta los 25 años de servicio para ganarse una asignación de retiro. Es decir, que ahora se podrán pensionar con el régimen que se manejaba desde antes de 1993, aun cuando esta salida se produzca por decisión propia.

 

JUSTICIA
Martes 11 de septiembre del 2018

Un fallo del Consejo de Estado, en su Sala de lo Contencioso Administravo,  declara la nulidad de la norma que estaba vigente desde el 31 de diciembre del 2004 y que había proferido el expresidente Juan Manuel Santos, que desconocía unos derechos que el policía ya había adquirido. Esta norma establecía que el uniformado tenía que acumular de 20 a 25 años de tiempo de servicio para tener derecho a una asignación mensual de retiro.

Es la respuesta a una demanda que un grupo de abogados interpuso al Ministerio de Defensa y la Nación en marzo del 2013 del  artículo 2° del Decreto 1858 de 2012.   Entre los demandantes está el policía retirado y abogado Jorge Iván Mina Lasso, además de Julio César Morales Salazar,  Alfonso Velasco Reyes, Humberto Bermúdez Gordillo, Héctor Pineda Salazar, Carlos Andrés Varela Medina, Mairon Aguilar Vargas, José Fernando Hoyos García, Daniel Enrique López Bernal y Juan Carlos Coronel García.

Esto quiere decir, de acuerdo con lo decidido por la Sala,  que los policías del Nivel Ejecutivo que hayan ingresado a la institución desde antes del 2004 podrán pensionarse con 15 a 20 años de servicio cuando el retiro se produzca por solicitud propia.

Según la sentencia el Gobierno al aumentar el número de años se estaba extralimitando en sus funciones constitucionales.

Por consiguiente, se precisó que el Gobierno Nacional, al exigir límites temporales mayores para obtener el derecho a la asignación de retiro, (con la expedición del artículo 2 del Decreto 1858 de 2012) se excedió en el ejercicio de la potestad reglamentaria ampliada que le fuera conferida por mandato del artículo 189 numeral 11 de la Constitución Política Nacional.

La norma que fue anulada decía lo siguiente:

“Régimen común para el personal del Nivel Ejecutivo que ingresó al escalafón por incorporación directa. Fijase el régimen pensional y de asignación de retiro para el personal que ingresó al Nivel Ejecutivo de la Policía Nacional por incorporación directa hasta el 31 de diciembre de 2004, los cuales tendrán derecho cuando sean retirados de la institución con veinte (20) años o más de Servicio por llamamiento a calificar servicios, o por voluntad del Director General de la Policía por delegación, o por disminución de la capacidad psicofísica, y los que se retiren a solicitud propia o sean retirados o separados en forma absoluta o destituidos después de veinticinco (25) años de servicio, tendrán derecho a partir de la fecha en que terminen los tres (3) meses de alta, por la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional, se les pague una asignación mensual de retiro equivalente a un setenta y cinco por ciento (75%) del monto de las partidas de que trata el artículo 3º del presente decreto, por los primeros veinte (20) años de servicio y un dos por ciento (2%) más, por cada año que exceda de los veinte (20), sin que en ningún caso sobrepase el ciento por ciento (100%) de tales partidas”.

La decisión proferida por la Sección Segunda, mediante sentencia del 3 de septiembre de 2018, se produjo con ponencia del magistrado César Palomino Cortés.

Este es el fallo que le devuelve sus derechos al Nivel Ejecutivo de la Policía (abrir archivo)

Con este fallo los policías recuperan un derecho adquirido.

Con este fallo los policías recuperan un derecho adquirido.

Redacción Justicia
saladeredaccion@elhomenoticias.com
EL HOME
EL HOME
Editor general El Home Noticias.

4 Comments

  1. Daniel Santos Carrillo dice:

    Enhorabuena la deuda judicial de la Alta Corte! Cojeo pero llego la justicia para miles de policias. El gobierno nacional tiene que reexaminar la postura juridica de la Policia Nacional que va en detrimento de su tejido humano. Derecho a la pension, a retirarse de la institucion armada que pide cambios en su cupula, son caminos que se hacen puertas abiertas y por las llaves de reconocidos colegas. Jorge Ivan Mina y Juan Carlos Coronel, algunos de ellos. Habran otras decisiones en ambitos de derechos prestacionales y salariales. Felicitaciones a miles de policias que pasaran a retiro voluntario.

  2. Antonio María Guevara dice:

    Buenas tardes a http://www.elhmenotic. Gracias por sus oportunas y positivas noticias d interés general!

  3. Muchas gracias Dr Leo Medina por sus buenos aportes y las primicias en los temas que le interesan a la sociedad colombiana.

  4. jonathan buitrago dice:

    Personal de incorporación directa al nivel ejecutivo que haya estado 15 años o más en la institución y actualmente no tenga reconocida la asignación de retiro (pensión), puede comunicarse al celular 314 340 87 48 para obtener asesoría y orientación en el trámite del reconocimiento de la asignación de retiro ante CASUR. Att:
    JONATHAN CAMILO BUITRAGO RODRIGUEZ. (ABOGADO).

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Descargar Full