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Martha Sepúlveda.

Martha Ligia Sepúlveda murió en una IPS de Medellín después de que se le practicase la eutanasia, tal y como lo ordenó un juzgado en Antioquia.

Martha Sepúlveda logró su objetivo, de morir dignamente: le practicaron la eutanasia

 Terminaron sus días y también la batalla jurídica por tener un final digno tras padecer de una esclerosis lateral amiotrófica, que le producía intensos dolores. Es el segundo paciente no terminal en obtener la muerte asistida.

MEDELLÍN

Sábado, 8 de enero del 2022

Martha Sepúlveda, es así la segunda persona en Colombia en conseguir por las vías legales la muerte a través de la eutanasia sin tener una enfermedad terminal.

Esta mujer de origen antioqueño, de 51 años, falleció en la mañana de este sábado en la ciudad de Medellín. Esto, porque un juez ordenó que se le practicara el procedimiento.

La señora Sepúlveda fue asistida por los médicos de la IPS Incodol, y fue la misma entidad la que llamó para informarle que atenderían su solicitud después de haberse negado a hacerlo.

En el momento terminante estuvieron a su lado, sus únicos testigos, su hijo y una sobrina, quién trabajaba como internista.

La paciente afrontó una batalla jurídica porque en principio su solicitud de morir dignamente le había sido negada. La entidad prestadora de servicio en cada ocasión le respondió, varias veces, de no acceder a su petición.

Martha venía sufriendo de esclerosis lateral amiotrófica (ELA), que no es una enfermedad terminal pero sí irreversible y progresiva, que produce en el paciente fuertes dolores, porque afecta el sistema nervioso, a las células nerviosas en el cerebro. Los mismos padecimientos que desmejoraron su calidad de vida.

El procedimiento estaba programado para el pasado 9 de octubre, todo indicaba que Martha iba a ser en Colombia la paciente no terminal que accedería a la eutanasia. No obstante, la institución decidió aplazarlo.

El juzgado 20 de Medellín expresó en su decisión que la IPS «vulneró los derechos fundamentales a morir dignamente, a la vida digna, al libre desarrollo de la personalidad y la dignidad humana» de la paciente.

Este hecho ocurre un día después de que del mismo modo de muerte asistida se le practicó a Víctor Escobar, de 60 años, quién padecía de una enfermedad pulmonar obstructiva crónica, todo esto derivado de un accidente cardiovascular, además de diabetes e hipertensión.

Escobar tenía dificultades para movilizarse, hasta para hablar, no podía valerse por sí mismo, un total desmejoramiento de su calidad de vida.

La eutanasia en pacientes no terminales la autorizó la Corte Constitucional en julio de este año. Se trató de una modificación del llamado » homicidio Por piedad», tipificado como delito en el Código Penal colombiano, qué imponía hasta 54 meses de prisión a quien le quitaste la vida a otra persona argumentando la piedad.

Redacción regional

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