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Aspersión con glifosato

A mediados de abril de este año el gobierno de Iván Duque decretó la regulación de la aspersión con glifosato, fijó así las pautas y el marco normativo de las operaciones.

Fallo ordena la suspensión inmediata de aspersión con glifosato

La decisión responde de manera favorable a una petición que elevaron miembros de las comunidades indígenas y afros que solicitan que se les haga valer el derecho a una consulta previa.

 

JUSTICIA

Martes, 11 de mayo del 2021

La decisión la tomó la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto que estableció que el Gobierno debe suspender inmediatamente la aspersión de los cultivos de coca con glifosato.

Establece que tanto la Policía como el Ejército deben suspender cualquier operación relacionado con el riego del herbicida de amplio espectro.

De esta manera fue como respondió este despacho a una acción de tutela que interpuso el año pasado una organización defensora de Derechos Humanos del Pacífico quienes solicitaron que se permita una consulta previa del asunto antes de tomarse la decisión de la fumigación de los cultivos ilícitos.

Proponen que se produzca una concertación y que se implemente una sustitución voluntaria de los cultivos de matas de coca, que se debe desistir de una erradicación obligatoria, porque esto hace parte de uno de los puntos que el gobierno de Juan Manuel Santos acordó con las FARC en La Habana.

Varias organizaciones que con sede en los municipios de la Costa Pacífica de Colombia, que rechazan la aspersión con el herbicida,  asumieron el fallo como un triunfo.

El ponente de esta tutela fue el magistrado Franco Solarte Portilla, del laudo que ordena lo siguiente:

“la suspensión inmediata de las actividades de erradicación forzada en los territorios colectivos y ancestralmente ocupados del pacífico nariñense (municipios de San Andrés de Tumaco, Mosquera, Magüí Payán, Santa Bárbara, Roberto Payán, La Tola, El Charco, Francisco Pizarro, Olaya Herrera y Barbacoas)”.

Redacción Justicia

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